Es común que los socios o accionistas financien a una empresa mediante préstamos para apoyar su operación. Sin embargo, este tipo de apoyo plantea dudas sobre si dichas operaciones están sujetas a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI).
¿Estos préstamos son considerados actividad vulnerable?
La LFPIORPI establece como actividad vulnerable el ofrecimiento habitual o profesional de préstamos o créditos por personas ajenas al sistema financiero. Esto significa que, en general, si una persona no realiza esta actividad de forma habitual o como negocio, no está sujeta a las obligaciones de esta ley.
¿Qué pasa si el préstamo lo hace un socio de forma habitual?
Incluso si un socio otorga préstamos de manera continua a la misma empresa, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ha indicado que estos actos no se consideran actividades vulnerables si son parte de la operación interna de la empresa y no están dirigidos al público en general.
¿Y si el préstamo es entre empresas del mismo grupo?
Cuando el préstamo proviene de una persona moral que forma parte del mismo grupo empresarial, no se considera actividad vulnerable, siempre que la operación se canalice a través de instituciones del sistema financiero.
Conclusión
Los préstamos de socios o empresas del mismo grupo no se consideran actividades vulnerables bajo la LFPIORPI, siempre que sean parte de la operación interna y no impliquen ofrecimiento público. Es importante seguir las reglas formales para evitar riesgos legales y cumplir con las disposiciones fiscales y de prevención de lavado de dinero.